miércoles, 24 de noviembre de 2010

resumen de pags 212 a 214 de fundamentos de transporte.

Resumen de paginas 212 a 214 de fundamentos de transporte.

DOCUMENTACION

Conocimiento de embarque

Es un documento propio del transporte maritimo que se utiliza como contrato de transporte de las mercancías en un buque en línea regular. La finalidad de este contrato es proteger al cargador y al consignatario de la carga frente al naviero.

Este documento que expide el transportador maritimo sirve:

  1. Como certificación de que ha tomado a su cargo la mercancía para entregarla, contra la presentación del mismo en el punto de destino, a quien figure como consignatario de ésta o a quien la haya adquirido por endoso total o parcial,
  2. Como constancia del flete convenido y
  3. Como representativo del contrato de fletamento en ciertos casos.

Si el conocimiento de embarque se ha emitido «a la orden» es un documento negociable que permite transferir la propiedad de la mercancía. El conocimiento de embarque a la orden es el más utilizado en los creditos documentarios ya que la entidad financiera figura como consigantario de la carga y endosa la documentación a su cliente, el importador (y comprador) de la mercancía.

Además de «a la orden», el conocimiento de embarque puede emtirse «al portador» (el propietario de la mercancía no queda identificado) y «nominativo» (a nombre de una persona física o jurídica, que recogerá la mercancía cuando se identifique y presente un original del conocimiento de embarque).

Factura de transporte:

Es un titulo que el transportador podrá liberar y entregar o enviar al remitente. No se puede liberar la factura si no corresponde a un contrato de transporte efectivamente ejecutado. Esta contiene además de los cargos por transporte, mucha de la misma información que un conocimiento de embarque, como el origen y destino del envío, cantidad enviada, producto y personas involucradas, además los términos del crédito varían ya que tanto para transportistas ferroviarios como transportistas marítimos el plazo de pago esta entre 48 horas y 96 horas y para los transportistas de camiones en 7 días deben presentar a los consignatarios la factura de transporte. La factura cambiaria de transporte deberá contener, además los requisitos que establece el artículo 621 los cuales son:

1. La mención de ser “factura cambiaria de transporte”.

2. El numero de orden del titulo.

3. El nombre y domicilio del remitente.

4. La denominación y características que identifiquen las mercaderías objeto del transporte.

5. El precio de esta y su forma de pago.

6. La constancia de ejecución del transporte.

7. La expresión en letras y sitio visible de que se asimila en sus defectos a una letra de cambio.

Reclamaciones de carga

Generalmente son realizados dos tipos de reclamación contra los transportistas, uno es el de las responsabilidades legales como transportista y otro es por sobrecargos.

La responsabilidad de desplazar la carga con”razonable rapidez” sin perdidas o daños es del transportista general, por otro lado si las perdidas, daños, retrasos son causados por un desastre natural, negligencia del consignatario, acto de un enemigo o de una acción legal contra el consignatario de los bienes ya no es responsabilidad del transportista general.

Sobrecargos

Una reclamación contra un transportista por sobre cargo se genera a partir de alguna forma de facturación incorrecta. La auditoria general de las facturas podría detectar estos errores antes que se realice el pago, y se emitirá una factura de transporte corregida, se permiten hasta tres años de reclamaciones por sobre cargos por envío interestatales.

Documentación de transporte internacional

Entre el transporte nacional y el internacional hay una gran diferencia debido a la cantidad de documentos que se requieren para exportar o importar mercancías.

Exportación:

· Conocimiento de embarque. Recibo por el cargamento y contrato para la transportación entre el consignatario y el transportista.

· Recibo de plataforma. Utilizado para transferir la responsabilidad por el cargamento entre transportistas nacionales e internacionales.

· Instrucciones de entrega. Proporciona instrucciones especificas para el transportista interior con respecto de la entrega de los bienes.

· Declaración de exportación. Exigida por el departamento de comercio de estados unidos como un documento fuente para estadísticas de exportación.

· Carta de crédito. Documento financiero que garantiza el pago al consignatario por el cargamento que se transporta.

· Factura consular. Utilizada para controlar e identificar bienes enviados a determinados países.

· Factura comercial. Factura de los bienes del vendedor al comprador.

· Certificado de origen. Utilizado para asegurar al país que adquiere con precisión el país en el que los bienes se produjeron.

· Certificado de seguro. Asegura al consignatario que se proporciona el seguro sobre los bienes mientras estén en transito.

· Carta de transmisión. Lista de las particularidades del envío y un registro de los documentos que se transmiten, junto con las instrucciones para la disposición de los documentos.

Importación:

· Aviso de llegada. Informes de la fecha estimada de arribo del envío, junto con algunos detalles del envío.

· Ingreso de aduanas. Numero de documentos que describen la mercancía, su origen y aranceles que ayudan a agilizar el despacho de los bienes a través de las aduanas, con los pagos inmediatos de aranceles o sin ellos.

· Certificado del transportista y orden de liberación. Certifica entre las aduanas al propietario o consignatario del cargamento.

· Orden de entrega. Emitida por el consignatario al transportista marítimo como autoridad para liberar el cargamento al transportista terrestre.

· Liberación de carga. Evidencia de que los cargos de transporte para el cargamento ya fueron pagados.

· Factura de aduanas especial. Forma oficial solicitada generalmente por las aduanas de Estados Unidos si la tarifa del arancel se basa en el valor, y si el valor del envio excede una cantidad fija en dólares.



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